Defensa personal profesional


¿Tienes algún problema muy serio en la Universidad? ¿Sientes que realmente no se están respetando tus derechos? Te presentamos la figura del defensor universitario:

Defensoría Universitaria

¿Qué es?

Es el órgano institucional, elegido por el Claustro, para velar por el respeto a los derechos y las libertades de todos los miembros de la Comunidad Universitaria: profesorado, alumnado, y personal de administración y servicios, con la finalidad de contribuir a la mejora de la calidad y el buen funcionamiento de la Universidad.
Su actuación se desarrolla bajo los principios de independencia, autonomía y confidencialidad, no estando sometido a mandato imperativo alguno en el desarrollo de sus competencias.
Todas las instancias universitarias están obligadas a colaborar con la Defensoría Universitaria, con carácter preferente y urgente, en la tramitación de sus actuaciones.


¿Qué hace?

Sus actuaciones van encaminadas a la mejora de la convivencia entre sus miembros y a contribuir, por tanto a la mejora de la calidad universitaria en todos sus ámbitos, investigando, ya sea de oficio o a instancia de parte, las reclamaciones, quejas y consultas que se les haga llegar por parte de la comunidad universitaria. Así mismo es competencia, siempre que así lo acepten las partes, actuar como mediadorpara dirimir los desacuerdos que se produzcan, sobre temas universitarios, entre los miembros de la Comunidad Universitaria.
Sus atribuciones son las siguientes:
§         Velar por el respeto a los derechos y libertades de todos los miembros de la Comunidad Universitaria, supervisando las actividades universitarias en el marco de la legislación vigente.
§         Investigar de oficio o a instancia de parte las actuaciones u omisiones de la Universidad de Sevilla.
§         Tramitar reclamaciones, quejas, escritos del profesorado, personal de administración y servicio y alumnado, buscando soluciones ante los diferentes órganos y servicios universitarios.
§         Formular recomendaciones y propuestas de cambio en la legislación universitaria a los órganos competentes, para la mejora de los servicios universitarios.
§         Actuar como mediador y conciliador cuando sea requerido por los miembros de la Comunidad Universitaria para dirimir desacuerdos sobre temas universitarios.
§         Dar cuenta anualmente al Claustro sobre sus actividades, presentando un informe en el que se recogerán sus recomendaciones y sugerencias para la mejora de la Universidad.


¿Quién puede acudir?

Cualquier miembro de la comunidad universitaria, a título individual o colectivamente, puede dirigirse a la Defensoría Universitaria, siempre que invoque un interés legítimo. Se impulsarán los procedimientos más adecuados hasta su resolución.
Las actuaciones también puede iniciarse por oficio.
No podrá presentar queja ante la Defensoría Universitaria ninguna autoridad administrativa o académica en asuntos de su competencia.

Para saber más, consulta la web del defensor universitario:

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